El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que modifica de ciertas tallas mínimas autorizadas para el caladero de Canarias, recogidas en un real decreto de 1995, que habían quedado obsoletas por el paso del tiempo, dada la evolución del caladero y los avances en el conocimiento de estas pesquerías. Además, se incorporan dos nuevas especies al listado de las que tienen asignadas tallas mínimas en dicho caladero.
Se modifican las siguientes especies:
Especie Nombre local canario Talla (longitud total en cm)
Aligote (Pagellus acarne) Besugo 20
Cabrilla (Serranus cabrilla) Cabrilla rubia, cabrilla reina 19
Cachucho (Derilex macrophtalmus) Antoñito, calé, dientón 22
Chopa (spondyliosoma cantharus) Chopa, Negrón 23
Lobo viejo (Sparisoma cretense) Vieja 22
Pargo (Pagrus pagrus) Bocinegro, pargo, palleta 28
Serrano imperial (Serranus atricauda) Cabrilla negra 20
Se incluyen las siguientes especies:
Morena negra (Muraena augusti) 56
Murión (Gymnothorax unicolor) 57
Asimismo, el Real Decreto aprobado hoy deroga el real decreto de 1986 de regulación de artes y modalidades de pesca en aguas del caladero canario, que contenía los elementos esenciales del régimen pesquero del Caladero Nacional Canario, complementados en diversas órdenes para determinados artes, especies o zonas. El tiempo transcurrido desde la promulgación de este real decreto hace necesaria la actualización y revisión de su contenido. También es preciso refundir toda la regulación del mencionado caladero en una sola norma, que será publicada a continuación de este Real Decreto, para garantizar la seguridad jurídica.